RESULTADOS DE LA REUNION CON DPTO. DE INTERVENCIÓN DE ARMAS
Las mal llamadas réplicas de Airsoft son consideradas ARMAS de CUARTA
CATEGORÍA. Por lo tanto, están sujetas a la ley amparadas por esta
categoría y pueden transportarse en su caja, siempre en el maletero del
vehículo, con su correspondiente tarjeta de armas de su categoría.
Únicamente se requiere la TARJETA DE ARMAS de Cuarta
categoría para su transporte. Aunque la tarjeta sea municipal nos sirve
para demostrar el origen del "ARMA". Estas tarjetas las expide el
Ayuntamiento del municipio o la policía local del mismo. Las escopetas
de perdigones utilizadas en el tiro olímpico vendrían a ser el más
claro referente. Pueden tenerse, pueden trasladarse, y pueden
utilizarse en las galerías de tiro y los campos adecuados.
En caso de ser consultados por las autoridades, deberemos
justificar el origen de donde venimos con el "ARMA" y explicar a dónde
nos dirigimos a practicar nuestro deporte. Nunca deberemos llevar
nuestra "ARMA" en el vehículo si no vamos a realizar la práctica.
No debemos emplear palabras tales como: RÉPLICA, COPIA O
IMITACIÓN. Estas están sujetas a otra categoría que requiere el libro
de coleccionista y no permite sacarlas de casa. Debemos eliminar,
ahora, estas palabras de nuestro vocabulario.
Para la convocatoria o la organización de eventos
únicamente se requiere una comunicación previa, a través de un escrito,
a la Guardia Civil. No debiendo esperar respuesta o autorización por su
parte. Ellos tan solo quieren estar informados.